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CGC

Condiciones generales

Actualización 26.07.2023

I. En general

  1. Las presentes Condiciones Generales de Venta se aplicarán exclusivamente a empresarios, personas jurídicas de derecho público o un patrimonio especial de derecho público.
  2. Sólo celebramos contratos con nuestras Condiciones Generales de Venta, a menos que aceptemos expresamente por escrito la validez de las Condiciones Generales de Venta del cliente que difieran de nuestras Condiciones Generales de Venta. Los acuerdos individuales prevalecerán en cualquier caso sobre las presentes Condiciones Generales de Venta.
  3. Nuestras ofertas están sujetas a cambios.

II. Ce de nuestra obligación de entrega

  1. Nuestra confirmación de pedido será determinante. Otros datos, como los que figuran en la documentación técnica, en particular en lo que se refiere a dibujos e ilustraciones, sólo tienen carácter aproximado, a menos que se designen expresamente como vinculantes. No representan ninguna garantía de propiedades a menos que esto se exprese de manera especial.
  2. Nos reservamos el derecho a realizar pequeñas modificaciones en el objeto de suministro en lo que respecta a la construcción y el diseño para adaptarlo al desarrollo técnico posterior, siempre que la modificación o desviación sea razonable para el comprador.

III. Condiciones de pago

  1. Si el cliente se retrasa en la liquidación de nuestra reclamación de pago, se devengarán intereses de demora a un tipo de 9 puntos porcentuales por encima del tipo de interés básico respectivo. Nos reservamos el derecho a reclamar daños y perjuicios más elevados causados por la mora.
  2. La compensación sólo es posible si las contrademandas son indiscutibles o han sido determinadas legalmente.
  3. Si el cliente se retrasa en el pago durante más de dos semanas o si se produce un deterioro significativo de su situación financiera, vencerán todos nuestros créditos frente al cliente y serán exigibles. Para entregas posteriores podemos exigir el pago por adelantado o la constitución de una garantía.

IV. Plazo de entrega

  1. Si se ha acordado expresamente como vinculante un plazo de entrega medido en días/meses/años, éste comenzará tan pronto como se haya llegado a un acuerdo por escrito sobre todos los detalles del contrato, en particular también con respecto a la ejecución del objeto de entrega. Las fechas de entrega se aplazarán por el periodo en el que aún no se haya alcanzado este acuerdo. Si el cliente no nos facilita a tiempo los documentos necesarios para la ejecución, en particular planos o piezas de muestra para la construcción o material de prueba para ensayos, o si no cumple a tiempo sus obligaciones contractuales (en particular las obligaciones de pago), los plazos o fechas de entrega se aplazarán al menos por el periodo de retraso. Lo mismo se aplicará a las modificaciones del objeto de entrega de las que sea responsable el cliente.
  2. Si incurrimos en impago, el cliente debe fijarnos primero un periodo de gracia de cuatro semanas.

V. Transferencia de rieso

  1. Si la mercancía debe enviarse al comprador, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental de la mercancía se transmitirá al comprador en el momento del envío al comprador, es decir, a más tardar en el momento de abandonar la fábrica o el almacén. Esto se aplica independientemente de quién corra con los gastos de transporte o de si nos hemos encargado del montaje. No estamos obligados a contratar un seguro de transporte.
  2. Si el comprador es responsable del retraso en el envío, el riesgo de pérdida accidental o deterioro accidental se transmitirá al comprador en el momento de la notificación de la disponibilidad para el envío.

VI. Conservación de la titularidad

  1. Nos reservamos la propiedad de los objetos suministrados por nosotros (mercancía reservada) hasta que se hayan satisfecho todas nuestras reclamaciones derivadas de la relación comercial con el cliente y éste no tenga reclamaciones contra nosotros. La transmisión de la propiedad de la mercancía sujeta a reserva de dominio a terceros sólo está permitida si tiene lugar en el marco de las operaciones comerciales ordenadas del cliente y el cliente conserva la propiedad de la mercancía sujeta a reserva de dominio hasta que se hayan satisfecho todas sus reclamaciones derivadas de la relación comercial con el tercero. Por la presente, el cliente nos cede sus reclamaciones por el importe del precio de compra acordado con nosotros (incluido el impuesto sobre el valor añadido) de la reventa de la mercancía reservada. Hasta su revocación, el cliente estará autorizado a cobrar las deudas cedidas. Nuestra autoridad para cobrar la reclamación nosotros mismos no se verá afectada. No obstante, no cobraremos el crédito mientras el cliente cumpla sus obligaciones de pago con los ingresos recaudados, no se encuentre en mora y, en particular, no se haya solicitado la apertura de un procedimiento de insolvencia o no se hayan suspendido los pagos.
  2. Mientras no se haya transferido la propiedad, el cliente deberá informarnos inmediatamente en caso de que la cosa entregada sea embargada o expuesta a otras intervenciones por parte de terceros.
  3. Si la mercancía sujeta a reserva de dominio se combina con otros artículos de forma que forme parte integrante de un nuevo artículo, nos convertiremos en copropietarios del nuevo artículo. Si cesara nuestra propiedad, el cliente nos transferirá la (co)propiedad del nuevo objeto. El cliente custodiará gratuitamente el objeto para nosotros. Nuestra cuota de copropiedad se determinará en ambos casos en función de la relación entre el valor de facturación de la mercancía reservada y el valor de venta del nuevo artículo. El punto 1 se aplicará en consecuencia a la venta del nuevo artículo, en virtud del cual el cliente nos cederá la parte del crédito correspondiente a nuestra cuota de copropiedad.
  4. Si el valor de la mercancía sujeta a reserva de dominio en poder del cliente más el valor de los créditos que nos han sido cedidos supera el total de nuestros créditos frente al cliente en más de un 20%, liberaremos el exceso de garantías a nuestra discreción.

VII. Garantía

  1. Los derechos de garantía del Comprador requieren que éste haya cumplido debidamente sus obligaciones de inspección y reclamación.
  2. Si nuestra entrega o servicio es defectuoso, el comprador puede, a nuestra discreción, exigir inicialmente sólo la rectificación del defecto o la entrega de un artículo libre de defectos. Si esta exigencia se combina con un plazo, éste deberá ser de al menos cuatro semanas. Si el cumplimiento posterior falla, el cliente podrá reducir el precio o, a su elección, rescindir el contrato.
  3. Podremos negarnos a reparar o sustituir la mercancía hasta que el cliente nos haya abonado un anticipo proporcional a la importancia económica del defecto o de la calidad garantizada en relación con la remuneración acordada.

VIII. Renuncia de responsabilidad

  1. Seremos responsables de los daños resultantes de lesiones a la vida, la integridad física o la salud causadas por un incumplimiento negligente de nuestras obligaciones o un incumplimiento intencionado o negligente de nuestras obligaciones por parte de un representante legal o auxiliar ejecutivo nuestro.
  2. Sólo seremos responsables de otros daños si se basan en un incumplimiento de obligaciones por negligencia grave por nuestra parte o en un incumplimiento de obligaciones intencionado o por negligencia grave por parte de un representante legal o auxiliar ejecutivo nuestro.

IX. Conclusiones

  1. El presente contrato, su ejecución y toda la relación jurídica entre las partes se regirán por la legislación alemana, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG).
  2. El lugar de cumplimiento y jurisdicción exclusiva es nuestro domicilio social.
  3. Si alguna disposición del contrato es o deviene nula, el resto del contrato seguirá siendo válido.

August Mink GmbH & Co. KG
Fabricación de cepillos técnicos
Wilhelm-Zwick-Straße 13
D-73035 Göppingen-Jebenhausen